La reforma tributaria para la paz de Colombia
Colombia realizó en el año 2012, con efecto a partir del año 2013, la reforma tributaria más importante en los últimos veinte años. Con la idea de fomentar el empleo y la economía, desde una perspectiva económica, esta reforma redujo la tributación de las sociedades en general. El efecto de esta reforma, que solo se ha sentido en el año 2014, hace prever para 2015 la necesidad de cubrir en el presupuesto un faltante de entre 12 y 16 billones de pesos (1 billón de pesos = 400 millones de euros) para la financiación ordinaria del Estado colombiano.
Adicionalmente se estima que el proceso de paz, tan esperado por los colombianos, tenga como consecuencia unos costes de postconflicto de hasta 22 billones de pesos anuales en las arcas públicas.
Estos dos factores han llevado inexorablemente al Gobierno colombiano a plantear una Reforma Tributaria antes de terminar el año 2014, que nivele la financiación regular del Estado, y se anticipe otra reforma para el año 2015 de mayor calado que permita contar con los recursos necesarios para la paz.
Las medidas que se plantean pueden ser divididas entre las que ya se han anunciado como seguras y las que se han discutido por parte del Gobierno, los Gremios y otros foros como posibles.
I. Las Seguras
- Impuesto al Patrimonio. Aunque este impuesto en principio tenía una vocación temporal ya lleva en la práctica ocho años de vigencia. Tomaría como base el patrimonio líquido sobre una base mínima de 1.000 millones de pesos (400.000 euros), aceptándose que se excluya de la base las acciones poseídas en sociedades nacionales. La tarifa se propone progresiva desde un 1,6% hasta el 9%. Este impuesto como ha venido operando se causa un día determinado (por ejemplo, el 1 de enero de 2015) y se paga en cuatro cuotas anuales. Para algunos contribuyentes esta propuesta les duplica el Impuesto a pagar en relación con el anteriormente existente.
- Gravamen a los movimientos financieros. Este impuesto se genera sobre cualquier transacción financiera (incluido cualquier movimiento bancario tanto de personas físicas como jurídicas) y venía en una prometida reducción progresiva que llevaría a que en el 2015 la tarifa se redujera a la mitad, pasando del 0,4% al 0,2%, para posteriormente desaparecer. Esta reducción venía acompasada de la exigencia de bancarización de las operaciones económicas con el fin de que puedan ser deducibles, en un proceso en que no se reconoce deducibilidad a las transacciones en efectivo. Sin embargo la propuesta es mantenerlo al 0,4% sin reducción alguna.
II. Las Posibles
- Gravamen sobre los dividendos. Esta propuesta ya fue discutida en la última reforma. En el sistema tributario colombiano actual, si la empresa tributa sobre todos sus ingresos, los dividendos que reparte no son gravados. Así se propone establecer un gravamen sobre los dividendos, que en la última propuesta rondaba alrededor del 5%. Los inversores españoles a estos efectos estarían protegidos de este tributo por el convenio para evitar la doble imposición en cuanto puedan aplicar la tarifa del 0%.
- Aumento del IVA. La tarifa actual del IVA en Colombia está en el 16%, por lo que se ha planteado la posibilidad de subir este impuesto. De parte de los Gremios se ha considerado viable hacer un incremento gradual de un punto en el año 2015 y dos puntos en 2016, consolidando una tarifa del 18%. Aunque en principio el Gobierno no ha planteado el uso de esta medida en la reforma de este año, existe un alto nivel de probabilidad de que esta medida se adopte en la reforma de 2015.
- Otros impuestos. Aunque esto no ha sido planteado por el Gobierno, se ha discutido la creación de distintos impuestos con destinos específicos como la educación o el medio ambiente, pero no se espera que estos sean incluidos en la reforma de este año.
Práctica Latinoamericana de Garrigues