Ayudas extraordinarias para trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas
Recientemente se ha publicado en el BOE el Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, con las que se pretende atender situaciones de urgencia y necesidad socio-laboral para paliar las consecuencias sociales derivadas de los citados procesos de reestructuración.
Para cumplir con el objetivo descrito, se prevé que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con cargo a los correspondientes programas presupuestarios, pueda conceder las distintas modalidades de subvenciones previstas en el referido Real Decreto a los trabajadores afectados por despidos colectivos, despidos objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas y/o productivas, así como a los trabajadores cuyo contrato de trabajo se extinga conforme a lo previsto en la Ley Concursal, siempre que tengan una antigüedad mínima en la empresa o grupo de empresas de dos años y se encuentren en situación legal de desempleo en el momento de la concesión de la ayuda.
En particular, las ayudas se podrán conceder si en el acuerdo alcanzado en el periodo de consultas del procedimiento de despido colectivo se incluye la constitución de un plan de rentas formalizado a través de un contrato de seguro colectivo, si la relación laboral se extingue conforme a lo previsto en la Ley Concursal o se ha declarado la insolvencia de la empresa y la empresa no ha pagado las indemnizaciones legales por despido; y, finalmente, en caso de agotarse las prestaciones contributivas por desempleo durante los períodos de suspensión de los contratos o de reducción de jornada.
La aplicación práctica de esta norma y, especialmente, la dotación presupuestaria que se conceda a estas ayudas, serán determinantes para facilitar una cobertura económica a los trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.