Anulada la directiva sobre la obligación de conservación de datos por ser intrusiva en la vida privada
La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de fecha 8 de abril de 2014 en los asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12 ha declarado la nulidad de la Directiva 2006/24/EC del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2006 sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas.
Como contábamos hace unos días en nuestra alerta de legislación, y con la finalidad de garantizar la disponibilidad de determinados datos de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas, la directiva obligaba a los operadores de telecomunicaciones de acceso público o de redes públicas a conservar los datos de tráfico y localización junto con los necesarios para identificar al usuario, siempre sin afectar al contenido de la comunicación.
Ante esta imposición, el Tribunal Superior de Irlanda y el Tribunal Constitucional de Austria solicitaron al TJUE una revisión de la validez de la Directiva apelando a los derechos fundamentales de respeto de la vida privada y la protección de datos de carácter personal.
Según el TJUE, los datos que tenían que conservar los operadores permitirían obtener información relativa a circunstancias de la vida privada de las personas (hábitos, lugares de residencia, relaciones sociales), lo que efectivamente significaría una intrusión en su vida privada. El TJUE concluye en su sentencia estableciendo la nulidad de la Directiva porque, aunque los fines que persigue son de interés general, no contempla medidas ni garantías suficientes para evitar que se excedan los límites del principio de proporcionalidad ni que se produzca un abuso en el acceso y uso de los datos por parte de las autoridades nacionales al investigar los delitos graves que justifiquen la intrusión. Así mismo, la Directiva no distingue entre los distintos tipos de datos o su utilidad en relación con su periodo de conservación.
Será necesario analizar las implicaciones de la anulación de esta Directiva en la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones que incorporó la citada Directiva al ordenamiento interno español, así como las obligaciones de los operadores de telecomunicaciones relacionadas con la conservación de datos.
Departamento de Telecomunicaciones & Media de Garrigues